miércoles, 19 de agosto de 2009

Apuntes sobre la Idoneidad Profesional de Salud Ocupacional

Si hay leyes, normas y reglamentos para garantizar el correcto ejercicio de una profesión enmarcado en la legalidad y coherencia de las acciones; Porque la gente hace lo que les da la gana...? La salud ocupacional es una ciencia de profundo estudio, análisis y amor por lo que se hace... no es para ganar plata...!!!!  Lo interesante es si ocurre algo... Culpan al más débil cuando todos sabemos que hay responsabilidad compartida.

 

La seguridad y salud ocupacional podría remontarse al tiempo de las cavernas cuando deciden colocar un palo horqueta a la piedra, para no lastimarse al golpear y así sucesivamente hasta nuestros días; y claro en Panamá la ubicamos fácilmente con la construcción del canal.

 

Pero el auge inmobiliario a desatado una serie de "cazadores de fortuna" según ellos localizable en la Seguridad y Salud Ocupacional... Ahora todos son especialista y hasta se rasgan las vestiduras cual profeta descarriado al señalar su omnipresencia y únicos conocedores del tema engañando a todo incauto que se les pase por delante.

 

La resolución que normaliza el ejercicio de la profesión data de 1988 y hasta la fecha no hay autoridad que la aplique como debe ser, dejando la puerta abierta a todos estos mercaderes a costilla de los trabajadores.

 

Abogamos por modernizar la legislación actual, para incluir a todos aquellos profesionales que llevan más de 10 años ejerciendo día a día sin poder obtener la idoneidad, también deseamos incluir a otros profesionales del sector con grado profesional relacionado a la seguridad y salud ocupacional.

 

Lamentablemente no compartimos la opinión de las maestrías que no pidan pre-requisitos orientados al área científica o de salud, minimizando la intervención equivoca de otras áreas buscando un "peculio fácil" sin tener la mística de servicio que involucra el sector…

 

Estamos a tiempo de lograr la correcta aplicación de las medidas enmarcadas en la legislación actual y preparar el camino para las generaciones futuras con la nueva legislación,  amanecerá y veremos…

domingo, 9 de agosto de 2009

Los Oficiales de Seguridad y la idoneidad

Hace poco más de un año el tema de los inspectores, oficiales, coordinadores o especialistas en seguridad industrial y salud ocupacional ha ido en aumento toda vez que la demanda por estos se ha incrementado exponencialmente, lo interesante de esto es verificar las diferencias entre estos profesionales u el grado de responsabilidad entre cada uno…

Basándonos en los decretos ejecutivos No. 15 del 3 de julio del 2007 y el No. 2 del 15 de febrero de 2008 (para la industria de la construcción) encontramos puntos importantes que revisar.  Por ejemplo el primero enuncia en su artículo No. 8 "El Oficial de Seguridad que se designe en cada obra, deberá poseer experiencia o formación profesional especializada que lo califique para cumplir sus atribuciones como Oficial de Seguridad en Obras de Construcción, siendo de preferencia aquellos que ostenten, al menos, una Licenciatura sobre Seguridad Ocupacional e Higiene y Salud en el Trabajo.  El Encargado de Seguridad deberá ostentar, por lo menos, un grado de Técnico en Seguridad Ocupacional, Salud e Higiene en el Trabajo, preferentemente en el ramo de la construcción. También lo podrá ser aquél que por razón de la experiencia tenga los conocimientos necesarios en la materia."

En particular este es el especialista nombrado por el ministerio de trabajo, y surge la pregunta obligada: ¿Cuántos de los nombrados cumple con los mínimos de este articulo?.

Ahora bien vamos al decreto ejecutivo No. 2 del 15 de febrero de 2008 este decreto crea dos posiciones más: El coordinador de Seguridad en su artículo No. 17 "El promotor designará un coordinador de seguridad e higiene durante la ejecución de la obra, a fin que verifique y supervise la ejecución del plan de seguridad e higiene en el trabajo.  Parágrafo transitorio: Por el término de siete años, contados a partir de la vigencia de este reglamento, podrán ejercer las funciones de coordinador de seguridad los profesionales de las ciencias de la Ingeniería, Arquitectura o Licenciatura en Salud y Seguridad Ocupacional, que cuenten con cinco años de experiencia comprobada en el área de la construcción y formación académica no inferior a 200 horas en Seguridad e Higiene, quienes al vencimiento del anterior término podrán continuar ejerciendo la función de coordinador."

Y su artículo No. 29 se crea el "Responsable de Seguridad de la empresa", Para ser responsable de seguridad en la empresa se requiere:

·         Ser panameño

·         Poseer experiencia o formación profesional especializada que lo califique para cumplir sus atribuciones, siendo de preferencia aquellos que ostenten al menos una Licenciatura sobre Seguridad Ocupacional e Higiene y Salud en el Trabajo; o un grado técnico en la materia, en el ramo de la construcción.

·         Tener conocimiento de la legislación nacional vigente en materia de seguridad, salud e higiene en el trabajo.

·         Facilidad de comunicación que le permita interactuar con trabajadores y clientes.

·         Conocimiento de los procesos constructivos y sus factores de riesgos.

·         Conocimiento acerca de materiales y equipos de construcción y sobre el uso y aplicación de los mismos.

·         Cumplir con las exigencias que sobre salud señala el Código de Trabajo para los trabajadores.

PARAGRAFO TRANSITORIO: Por el término de siete años, contados a partir de la vigencia de este reglamento, podrán ejercer las funciones de responsable de seguridad de la empresa los técnicos en edificaciones u otras especialidades técnicas relacionadas, con cinco años de experiencia comprobada en el área de la construcción y formación académica no inferior a 100 horas en Seguridad e Higiene, quienes al vencimiento del anterior término de siete años podrán continuar ejerciendo la función del responsable de seguridad.

Sin embargo nos encontramos todos los días diferentes tipos de personas usurpando ilegalmente estos puestos, nacionales sin capacitación, extranjeros que en muchas ocasiones ni siquiera cuentan con  permiso laboral… jugando con la vida muchos trabajadores…

Pero esto no queda allí, también muchas empresas y hasta el gobierno nacional por inacción violentan lo establecido en el código sanitario de la República de Panamá (Ley 66 del 10 noviembre de 1947) en sus artículos 108 y 197 al permitir ejercer la salud ocupacional a personal no idóneo…  

Los profesionales de la Salud Ocupacional están obligados a tramitar su certificado de idoneidad ante el Consejo Técnico de Salud basados en la resolución No. 1 del 08 de febrero del 1988 y esto es abiertamente vilipendiado hasta en las instituciones de salud del país… Al igual que la enfermería y la medicina se requiere una idoneidad profesional para ejercer en el territorio nacional, pero parece no importar y al final cada quien hace lo que mejor le parezca… QUE VERGÜENZA…

Muchos profesionales abogamos por una nueva legislación en materia de seguridad y salud ocupacional, por el respeto de la carrera y el bienestar de cada trabajador de este país… contamos contigo?

sábado, 1 de agosto de 2009

Más Muertos…!

Cada día miles de panameños salimos a la calle a cumplir con nuestro compromiso laboral, unos bien remunerados, otros con lo suficiente para vivir y otros no saben porque siguen saliendo día a día de sus casas. 
 
Lo interesante de esta historia diaria es la odisea que cada uno vive con el deseo de regresar sanos y salvos. Algunos tienen trabajos cómodos, livianos y otros peligrosos como los policías, bomberos, rescatistas, mineros, por citar algunos.  Sin embargo en los últimos años un sector laboral es considerado más peligroso que desarmar bombas (porque eres conciente del peligro, llevas las medidas de protección al extremo), un empleo que tiene a cuestas el progreso y desarrollo de un país, una ocupación que pone en vela todas la mañanas a muchas madres, esposas, hermanas y hermanos implorando por la esperanza de que su ser querido regrese a casa. 
 
Esta profesión casi mortal es la construcción y nuevamente cobra la vida de 2 obreros, que independientemente de reclamos y reproches salieron a trabajar con el deseo de llevar el pan a casa. 
 
No hay recetas especiales, ni conjuros con varitas mágicas para resolver los problemas de la seguridad y salud ocupacional, si verdaderamente se quiere hacer algo importante y marcar un hito iniciemos con crear una autoridad nacional en la materia con personal capacitado e idóneo que pueda aplicar las medidas coercitivas necesarias con moral y conocimiento de causa con el fin de respetar nuestra sagrada promesa de "regresarlos a casa, al final del día, en una sola pieza".